Responsabilidad del agente moral en el daño ambiental: ambiente como víctima del conflicto armado*

 

Héctor Fabio Majin-Grajales**

 

 Recibido: 17 julio 2019 Aprobado: 28 octubre 20219Actualizado: 22 diciembre 2019

 

DOI: 10.17151/luaz.2020.50.10

 

RESUMEN

 

Objetivos: A lo largo del siguiente documento se pretende llevar a cabo una caracterización del medio ambiente como víctima en la medida en que este concepto es apto para establecer un relacionamiento en el caso colombiano. Así, se parte de la relación entre los agentes bióticos y los contextos políticos y sociales han entrado en una tensión histórica que puede resolverse a través de la adopción de esta categoría y la aplicación de las consecuencias que esta incluye con respecto a la reparación.

Materiales y métodos: Para desarrollar el objetivo, y teniendo en cuenta el carácter de artículo de reflexión, se lleva a cabo la caracterización del concepto a partir de diferentes propuestas teóricas desde el ámbito de la bioética y la biojurídica. De esta manera, una vez definido el concepto de “medio ambiente como víctima” se liga con la realidad sociohistórica del país. Esta reconstrucción tiene lugar a partir de una revisión tanto de los relatos referentes a la guerra interna que tuvo lugar como de aspectos normativos relativos al posconflicto. Resultados: La caracterización de el “medio ambiente como víctima” a partir de diferentes referentes teóricos y leyes de organismos supranacionales lleva a que de desarrolle una conjunción clara entre la realidad colombiana en el posconflicto y la necesidad de reparar los agentes bióticos. Lo anterior se enmarca en las nuevas dinámicas de reparación hacia las víctimas del conflicto, entre ellas, por supuesto, el medio ambiente. Conclusiones: No puede hablarse de una reparación integral a las víctimas del conflicto si no se atiende a la totalidad de agentes que resultan afectados a partir de esta conflagración. De aquí que sea imprescindible la consideración del medio ambiente como una víctima más de tal conflicto armado para que se asuman las tareas necesarias orientadas a su restauración, a su revitalización. En esta medida, más que una víctima del conflicto, se pasa a considerar el medio ambiente como un sujeto de derechos al cual se le debe reparar en sentido amplio.

 

Palabras clave: agente moral, conflicto armado, daño medioambiental, responsabilidad del agente, víctima.

 

Responsibility of the moral agent in the environmental damage: in the environment as a victim of armed conflict

 

SUMMARY

 

Objectives: Throughout the following document it is intended to carry out a characterization of the environment as a victim inasmuch as this concept is suitable to establish a relationship in the Colombian case. Thus, we begin from the relationship between biotic agents and the political and social contexts, getting into a historical tension that can be solved through the adoption of this category and the application of the consequences that it includes in relation to the reparation.

Materials and methods: In order to achieve the objective and taking into account the nature of article of reflection, the characterization of the concept is carried out based on different theoretical proposals from a bioethical and biolegal view. This way, once the concept of “environment as victim” is defined, it is linked to the socio-historical reality of the country. This reconstruction takes place from a review of both the stories related to the internal war that took place and regulatory aspects related to the post-conflict. Results: The characterization of the "environment as a victim" based on different theoretical references and laws of super-national organizations leads to the development of a clear conjunction between the Colombian reality in the post-conflict period and the need to repair biotic agents. The foregoing is delimitated by the new reparation dynamics towards the victims of the conflict, including of course, the environment. Conclusions: We cannot speak of comprehensive reparation for victims of the conflict if all the agents who are affected by this conflagration are not treated. It is because of this that it is essential to consider the environment as one more victim of the armed conflict, so that the necessary tasks aimed at its restoration and revitalization are assumed. In this respect, more than a victim of the conflict, the environment is considered as a subject of rights which must be repaired in a wide sense.

 

Keywords: agent's responsibility, armed conflict, environmental damage, moral agent, victim.

 


 

 

Introducción

 

A lo largo del siguiente texto se plantea una reflexión en torno a las implicaciones de las dinámicas de guerra, por lo cual se centra la investigación en las acciones que se desarrollaron en medio del conflicto armado colombiano y su relación con el daño a determinadas zonas con una alta concentración biótica; en este sentido, se pretende analizar a profundidad dos categorías transversales que servirán como base para la construcción y articulación del texto: la consideración del medio ambiente en tanto víctima y el efecto del agente moral1  –en el caso particular del daño ambiental–. En consecuencia, se hará una reconstrucción parcial de lo que puede entenderse como bioética con el fin de contextualizar la discusión que se establece alrededor del medio ambiente, pues este tópico ha cobrado una gran relevancia en el contexto actual a raíz de las repercusiones que están teniendo diferentes agentes sobre los factores bióticos; en este sentido, la caracterización del concepto se llevará a cabo con base en una serie de autores insignes del tema que permitirán tener una noción sin ambivalencias.

 

El fin último de la contextualización respecto a los postulados sobre bioética es enmarcar una relación entre esta y las dinámicas de guerra que han tenido lugar en el territorio colombiano, lo anterior en razón de pensar una biojurídica que tenga una gran incidencia en la forma como se concibe la relación entre el medio ambiente y las regulaciones que existen frente al carácter jurídico, ahondando también en la necesidad de su presencia a lo largo de documentos como el Acuerdo Final para la Paz firmado entre el Gobierno nacional –encabezado por el expresidente Santos– y la antigua guerrilla y hoy partido político Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común (FARC). La paz podira ser definica como:

 

[…] crecimiento para construir un futuro de justicia social, libertad de decision y dignidad para las las generacioes actuales y las futuras. La educación hace la humanidad más sabia y libre siendo el instrumento la cultura de paz que irradia la sociedad para la consolidación del tejido humano. (Rey, 2018, p. 24)

 

Por otro lado, se realizará un análisis de las funciones de las fuerzas militares con el fin de caracterizar la responsabilidad de uno de los agentes participantes en el conflicto armado, siendo este el mismo Estado el encargado de garantizar los derechos conocidos como derechos de tercera generación –haciendo referencia específica a los derechos del medio ambiente, es decir, a la protección de la relación entre el ser humano y el medio que lo rodea como parte del desarrollo integral del primero–, lo anterior a raíz del cumplimiento de las obligaciones ligadas a la protección del orden constitucional. Además de esto, es importante señalar también la responsabilidad de los agentes enmarcados en las dinámicas de insurgencia, pues a raíz de sus prácticas militares –en términos de los combates que se sostenían a menudo entre estos y las fuerzas militares–, junto a los mecanismos de presión u hostigamiento que se llevaban a cabo en contra de empresas privadas, los cuales llevaban a desarrollar ataques en contra de, por mencionar un ejemplo contundente, oleoductos.

 

Finalmente, en favor de tener en cuenta el completo desarrollo de las actividades que caracterizaron el conflicto armado para el tema que ocupa el texto, es importante mencionar una actividad que se aparta relativamente de la acción bélica pero que tiene una gran incidencia en el ataque al medio ambiente, la cual ha estado presente a lo largo de los años en el conflicto, se hace referencia a la plantación de cultivos ilícitos como marihuana, amapola y, principalmente –a raíz de las lógicas económicas del narcotráfico nacional y su comercialización en el ámbito mundial–, a la planta de coca; con base en lo anterior, es posible hablar de un tercer agente que participa en detrimento del medio ambiente, pues aunque la guerrilla se encarga mayoritariamente de la producción de estos cultivos para su sostenimiento, es claro que los campesinos de las regiones apartadas encontraron en esta actividad la base de los ingresos necesarios para su sostenimiento y el de sus familias, por lo que podría hablarse de un agente moral parcial –en cuanto a la relación con el conflicto armado– o indirecto, que tiene igual responsabilidad que las mencionadas anteriormente por su afectación al medio ambiente.

 


 

 

Método

 

El desarrollo conceptual que se presenta a continuación se erige sobre un enfoque cualitativo de la investigación, lo anterior en tanto se lleva a cabo como un análisis de caso –perspectiva empírico-analítica– con el cual se busca fundamentar el ejercicio de conceptualización, apuesta fundamental del presente texto; en este sentido, se pretende llevar a cabo una descripción detallada del objeto, asumiendo las características de un estudio de caso con el fin de particularizar los escenarios de combate que tuvieron como consecuencia un importante daño al medio ambiente del país. Además de ello, es importante resaltar que se pretende llegar al establecimiento de un enfoque crítico en el cual se asuma la consideración del daño con el fin de construir una serie de opciones válidas que aporten al resarcimiento de este.

 

Vale la pena mencionar que para la construcción del presente texto se llevó a cabo una búsqueda en bases de datos como SciELO, Redalyc, Dialnet y Google Académico, pues resultó necesario realizar una reconstrucción de sucesos en torno al tema de investigación; en este sentido, se filtraron las búsquedas con base en conceptos como bioética, conflicto armado colombiano, fuerzas militares e insurgencia colombiana con el fin de mantener unas nociones actualizadas respecto a la discusión que se genera. A partir de los resultados arrojados por la búsqueda mencionada, cabe señalar que la perspectiva de investigación que se presenta en el texto no se ha desarrollado de manera amplia, se hace referencia a la relación que existe entre el daño a los ecosistemas o al medio ambiente y la responsabilidad de los agentes en conflicto –efecto del agente moral–, es decir, las fuerzas militares por parte del Estado y los movimientos insurgentes como la antigua guerrilla Farc-Ep (Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo), hoy partido político Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común y la guerrilla activa ELN (Ejército de Liberación Nacional).

 

Teniendo en cuenta lo anterior, el objetivo principal del presente desarrollo reflexivo es hallar la relación que podría establecerse entre el medio ambiente, su cuidado o menoscabo, y el conflicto armado que a circundado el país a lo largo de muchos años. Esta ligazón que se propone tiene su base en las consecuencias ambientales que pueden acaecer luego de la lucha armada entre las diferentes agentes, la cual se matiza al tomar como pilar fundamental el concepto de la bioética; en este sentido, como ya se ha mencionado líneas atrás, se pretende desarrollar la línea de la responsabilidad de los agentes morales –en específico las fuerzas militares y los movimientos guerrilleros que combaten en el país– siguiendo las acepciones que pueden encontrarse en la implementación de los principios básicos, es decir, se busca remarcar la contradicción existente entre la responsabilidad que adquiere el hombre con respecto al cuidado de la naturaleza, y el resultado nocivo de un conflicto armado para, justamente, los agentes bióticos2 que sustentan la existencia humana.

 

Además de lo anterior, se hará uso del hilo argumentativo para enriquecer el ya mencionado concepto de biojurídica, pues este pasa a convertirse en la pieza fundamental del armazón reflexivo a la hora de pensar el medio ambiente como víctima principal del conflicto armado caracterizado a lo largo del texto; es de esta forma que se busca reivindicar el papel del medio ambiente y su relación con el ser en una dimensión más amplia, una dimensión en la cual pueda gozar plenamente de los derechos a los cuales se ha hecho merecedor, partiendo de la no violación que sufrirían estos por parte de los agentes humanos en diferentes coyunturas como la mencionada de la guerra, la explotación de recursos en favor de la mantención del sistema económico, entre otras situaciones.

 


 

 

Resultados

 

Consideraciones sobre la bioética

 

Vale la pena comenzar este apartado remarcando la relación primigenia que liga el concepto de bioética con determinadas características de desarrollo, las cuales deben encontrarse erigidas sobre una serie de principios de responsabilidad en sentido amplio; teniendo en cuenta lo anterior, es posible aventurar una generalización sobre su acepción como una ética de la vida. Siguiendo esta línea, cabe mencionar que la bioética encuentra correspondencia con una serie dispar de reflexiones, estableciéndose así un carácter transdisciplinario que la extrapola a diferentes escenarios entablándose como corolario una ampliación de los saberes en tanto se ensancha el horizonte de posible diálogo; sin embargo, vale la pena referirse a los primeros desarrollos que se adelantaron respecto al concepto con el fin de comprender la importante trascendencia que lo circunda.

 

En primer lugar, es claro que las primeras formas semánticas que adopta el concepto remiten al respeto por la vida y la salud de los seres humanos, las cuales se vieron notoriamente transgredidas con el paso de la Segunda Guerra Mundial3, llegando incluso a hablarse de una progresiva deshumanización del ser; es en este escenario que hacia los años 20 se empezó a hablar de la mesura respecto a las relaciones que se entablan con el otro –en términos de partir del respeto hacia lo que se encuentra vivo– siguiendo una línea moral como lo propone Fritz Jahr en su actualización del imperativo categórico kantiano, llegando a establecer un imperativo biológico (Muzur & Sass, 2012).

 

Posterior a los planteamientos de Jahr, el bioquímico norteamericano se erigió como referencia obligada a la hora de aventurar una genealogía conceptual de la bioética, pues empieza a hablarse de una bioética globalizada que pretende continuar con el progreso encaminado a la calidad de vida del ser humano, sin dejar a un lado la base de la supervivencia de los agentes bióticos que lo rodean, es decir, del planeta en términos generales. En este sentido, la apuesta principal de Potter es concebir un puente entre el progreso y la sostenibilidad, lo cual se relaciona con un puente en el que se liguen la ciencia y las humanidades con el fin de llevar a cabo un proyecto no perjudicial. Respecto a lo anterior, es clave mencionar que se concebía el concepto a partir de las prácticas clínicas que se desarrollaban, por ello la insistencia en la aplicación de una perspectiva ética hacia la práctica científica; no obstante, como resulta siempre en la discusión sobre la bioética, la noción se extrapola. Puede verse lo anterior en palabras del autor de la siguiente forma:

 

Es urgente para la supervivencia del ser humano y para implementar la calidad de vida una nueva visión que proporcione el conocimiento acerca de cómo utilizar el conocimiento […] Un instinto de supervivencia no es suficiente. Nosotros necesitamos desarrollar la ciencia de la supervivencia, y esta debe comenzar con una nueva clase de ética –la bioética–. La nueva ética podría denominarse ética interdisciplinar, definiendo la interdisciplinariedad de manera que incluya las ciencias y las humanidades. (Potter, 1971, p. 2)

 

Ahora bien, a partir de lo mencionado líneas atrás respecto a la bioética empiezan a dilucidarse las acepciones que la circundan, por lo cual es fácil establecer una relación entre el paradigma bioético y una perspectiva ecológica –en términos claros podría decirse que se parte de una ética ecológica–, la cual regule el relacionamiento que se entabla entre las dinámicas propias del ser humano, por ejemplo, el desarrollo del sistema económico basado en la explotación de los agentes bióticos para la consecución de materias primas y el medio circundante que las brinda. Respecto a la relación entre la bioética y la perspectiva ecológica, puede tomarse como ejemplo lo establecido en la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos, artículo 17, que versa sobre la protección del medio ambiente, la biósfera y la biodiversidad, así:

 

Se habrán de tener debidamente en cuenta la interconexión entre los seres humanos y las demás formas de vida, la importancia de un acceso apropiado a los recursos biológicos y genéticos y su utilización, el respeto del saber tradicional y el papel de los seres humanos en la protección del medio ambiente, la biosfera y la biodiversidad. (Unesco, 2005, art. 17)

 

Lo anterior hace referencia a la necesaria unión de los seres humanos con el sistema biológico que los circunda, siguiendo la línea que indica que no puede haber un verdadero desarrollo humano –no en términos económicos solamente– si se desliga alguno de los aspectos, podría decirse que se establece una relación bidimensional entre ellos. Así, se establece que el medio ambiente sano forma parte del armazón de los Derechos Humanos, pero además empiezan a institucionalizarse los derechos ambientales que buscan la protección de este; en este sentido, la bioética en términos ambientales que se desenvuelve en el contexto actual  a raíz de cuatro problemáticas fundamentales que desarrolla Riechmann (2005), en las cuales se establece que hay una lentitud a la hora de establecer pilares éticos que permitan repensar la relación entre el hombre y la naturaleza; en la segunda se habla de la crisis a la que se ha llevado al medio ambiente a raíz de las acciones cotidianas del ser humano, las cuales no tienen en cuenta el imperativo bioético que se mencionaba líneas atrás; la tercera podría definirse como:

 

Es la crisis ecológica global que se manifiesta en llenar el mundo. Los sistemas económicos humanos han crecido demasiado en relación con la biosfera que los contiene. El reto es mitigar los impactos de las actividades humanas, en el panorama desarrollista que involucra el desgaste injustificado de recursos como el agua, carbón, petróleo, árboles, etc., para producir un conjunto de bienes materiales que suplan necesidades generadas por el modelo económico actual. Del mismo modo, resulta pertinente evaluar la huella ecológica que deja la especie humana por sus procesos de supervivencia en el planeta. (Rodríguez, 2015, p. 146)

 

Finalmente, se habla del imaginario de abundancia en términos de mercancías que tiene la sociedad contemporánea, pues esto ha llevado a una sobreproducción y, por tanto, a un gasto injustificado de los materiales naturales, de lo anterior deviene un quiebre en el ciclo que siguen los agentes bióticos para regenerarse y se potencia la crisis en la relación humano-medio ambiente. Es a raíz de esto que cobran relevancia las apuestas bioéticas enlazadas con lo ecológico, sin embargo, no son el fin de la discusión en tanto no es solo el sistema económico y las actuales formas de producción afectan la bidimensionalidad que se discute, sino que también tienen un peso significativo las acciones que se desarrollan en coyunturas especiales, de carácter bélico como es el caso de Colombia, país en el cual se han extendido los escenarios de violencia y guerra a lo largo de sesenta años, e incluso más si se tiene en cuenta que al conflicto armado contemporáneo lo precede una serie de luchas partidistas que terminaron en fuertes guerras civiles –de las cuales incluso podría decirse que guardan la semilla original del sentido de los enfrentamientos que se viven hoy, habiendo estos últimos evolucionado, por supuesto, sin perder del todo la ligazón de aquellos precedentes– en las que también se afectó de alguna manera el medio circundante o el medio ambiente.

 

Caracterización de los agentes responsables

 

A lo largo del siguiente apartado se llevará a cabo una aproximación a los actores principales que se han visto implicados en el conflicto, dándosele así una relevancia importante al concepto de responsabilidad del agente moral que hace referencia a la participación directa o indirecta a lo largo del conflicto –en términos de acciones que fueron ordenadas por un lado y acciones que fueron ejecutadas por otro–, la cual devino en cierto daño a los procesos bióticos naturales que desarrollaba el medio ambiente como la contaminación del suelo y del agua, la erosión de la tierra o la extinción de especies; en este sentido, es claro que lo anterior redunda en una extinción progresiva de la biodiversidad o lo que se ha dado en llamar a lo largo del texto los agentes bióticos.

 

Para puntualizar la relación entablada atrás ente los agentes directos o indirectos, cabe mencionar que los primeros hacen referencia a los encargados de ejecutar las disposiciones, de cometer determinada acción en el terreno de lo fáctico, de lo real, mientras que los agentes indirectos son quienes determinan las acciones a realizar, los encargados de llevar a cabo la planeación e indicar la orden de realización; en este sentido, con el fin de contextualizar la diferenciación anterior en el escenario que se ha venido trabajando a lo largo del texto, resulta importante considerar las afirmación que esgrime De Siqueira (2001) respecto a la relación entre el medio ambiente y el ser humano, pues estas dan luces sobre las implicaciones del accionar y de las decisiones tomadas; se afirma entonces:

 

La moderna intervención tecnológica cambió drásticamente esa plácida realidad al poner la naturaleza al servicio del hombre y susceptible de ser alterada radicalmente. De ese modo, el hombre pasó a tener una relación de responsabilidad con la naturaleza, puesto que la misma se encuentra bajo su poder. (De Siqueira, 2001, p. 274)

 

Puede comprenderse con facilidad el tipo de desarrollo dinámico que se entabla entre el hombre y el medio natural que lo rodea, pues al disponer este del poder para transformar o afectar los agentes bióticos de acuerdo con las necesidades que tenga, se erige también el deber de ser responsable con estos, lo anterior en cuanto a que es imposible para cualquier tipo de ser vivo sobre el planeta subsistir sin su medio natural; Rey (2019) a firma:

 

[…] el ser humano debe interiorizar el que se transforme la naturaleza sin necesidad de destruirla, pues el cuidado del medio ambiente puede significar un regreso a la naturaleza como se ha planteado a partir de tantas perspectivas, sino una responsabilización de su transformación en los términos adecuados […]. (p. 195)

 

En este sentido, al día de hoy se busca que todas las decisiones que se tomen como parte de las necesidades de la construcción social humana sean sopesadas en función de si existirán o no daños en términos ambientales, es esta la manifestación máxima del poder que sostienen los hombres con respecto a la naturaleza.

 

Ahora bien, este principio de responsabilidad que debe ser asumido por todos los seres humanos se manifiesta en planteamientos como el principio de precaución, el cual no tiene una competencia generalizada, sino que atañe a determinados agentes con el poder de tomar decisiones relevantes en torno a situaciones diversas que podrían tener algún tipo de afectación sobre el medio ambiente; así, es clave señalar que el principio de precaución tiene al día de hoy gran incidencia en las normativas de países como Europa, pues fue en el Consejo Europeo de 2000 que se le dio legitimidad en los límites de la Unión Europea. Por otro lado, es importante señalar el origen del concepto para dilucidar la forma en la que redunda en la legislación colombiana; en este sentido, se menciona respecto a las primeras formulaciones del principio:

 

Se suele coincidir en que el principio de precaución (en ocasiones también se emplea en nuestro idioma la expresión “principio de cautela”) tiene su origen más o menos lejano en el Vorsorgeprinzip alemán, invocado hace ya unos treinta años en la antigua República Federal, especialmente a la hora de adoptar medidas contra diversos fenómenos de contaminación ambiental. (De Cózar, 2005)

 

Posterior a ello, y como un preámbulo al desarrollo legislativo que tuvo el Estado de Colombia sobre el principio de precaución, se debe tener en cuenta la Declaración de Rio sobre el medio ambiente y el desarrollo que se da en el marco de la conferencia de las Naciones Unidas sobre el medio ambiente y el desarrollo, en la cual se establecen una serie de principios que deben aceptar los Estados miembros para impulsar el desarrollo sostenible en estos. Teniendo en cuenta lo anterior, vale la pena considerar, en primer lugar, el principio 15 respecto a la precaución que debe aplicarse, así:

 

Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente. (ONU, 1992, principio 15)

 

Además de lo anterior, y de mayor importancia para el presente texto, se establece el principio diecisiete que versa sobre las evaluaciones previas que deben realizarse respecto al posible daño ambiental que podría acaecer con algún tipo de actividad en la cual pueda incidir una autoridad nacional competente. Este principio se erige como uno de los principales para el hilo argumentativo que se desarrolla en tanto puede establecerse una relación directa con acciones no solo relacionadas con un tema económico, sino que se abre la puerta a la generalidad de situaciones que pudiesen repercutir de alguna forma en el desarrollo de los agentes bióticos; sobre lo anterior, vale la pena hacer mención directa del principio como se muestra a continuación:

 

Deberá emprenderse una evaluación del impacto ambiental en calidad de instrumento nacional, respecto de cualquier actividad propuesta que probablemente haya de producir un impacto negativo considerable en el medio ambiente y que esté sujeta a la decisión de una autoridad nacional competente. (ONU, 1992, principio. 17)

 

Es claro que el principio empieza a tener una aplicación en diversos países a raíz de las coyunturas ambientales que se enfrentan en el ámbito mundial, no siendo Colombia la excepción en su normativa respecto al medio ambiente, también a lo largo de disposiciones jurisprudenciales; en este sentido, vale la pena rescatar la Ley 99 de 1993 que se encarga de fundamentar la política ambiental a desarrollarse en el país, en la cual es transversal el principio de precaución, pues se erige como uno de los principios básicos de esta. Respecto a lo anterior, vale la pena remarcar lo mencionado en el artículo 1, punto sexto de dicha norma:

 

La formulación de las políticas ambientales tendrá en cuenta el resultado del proceso de investigación científica. No obstante, las autoridades ambientales y los particulares darán aplicación al principio de precaución conforme al cual, cuando exista peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente. (Ley 99 de 1993)

 

Por otro lado, también se especifica lo anterior en la Sentencia C-703/10 de la Corte Constitucional de Colombia, en la cual se asume al medio ambiente como un bien jurídico que, por supuesto, compromete tanto al Estado colombiano como a toda la comunidad nacional e internacional; se menciona en el documento lo siguiente:

 

Los principios que guían el derecho ambiental son los de prevención y precaución, que persiguen, como propósito último, el dotar a las respectivas autoridades de instrumentos para actuar ante la afectación, el daño, el riesgo o el peligro que enfrenta el medio ambiente, que lo comprometen gravemente, al igual que a los derechos con él relacionados Así, tratándose de daños o de riesgos, en los que es posible conocer las consecuencias derivadas del desarrollo de determinado proyecto, obra o actividad, de modo que la autoridad competente pueda adoptar decisiones antes de que el riesgo o el daño se produzcan, con el fin de reducir sus repercusiones o de evitarlas, opera el principio de prevención. (Sentencia C-703 de 2010)

 

Partiendo de lo anterior, puede llevarse a cabo el ejercicio de extrapolar lo concerniente al principio de precaución a lo que se ha caracterizado como la responsabilidad del agente moral, pues aunque esta no tenga una relación directa con avances científicos que presenten un potencial riesgo para el medio ambiente, es claro que sí puede haber una correlación en tanto las decisiones de carácter militar pueden presentar el mismo riesgo; así, se pretende entonces que este principio sea aplicado también taxativamente frente a cualquier tipo de disposición bélica, lo cual implica que se juzgarían las decisiones que de alguna forma lo violenten –tanto por parte de las fuerzas militares, es decir, del Estado, como por parte de la insurgencia–.

 

Tras la delimitación que se lleva a cabo a lo largo de este apartado, se pasará a continuación a analizar las características particulares de los agentes involucrados, además de poner en consideración parte de los accionares desarrollados que, de una u otra forma, tienen incidencia en el medio ambiente; de esta forma, la intención es aterrizar la definición general de los agentes responsables a los grupos que se encargan de desarrollar las dinámicas de conflicto que refundan en un detrimento generalizado de los agentes bióticos ubicados en estas zonas.

 

Fuerzas militares

 

El establecimiento de las fuerzas militares en el país se encuentra regido, luego de 1991, por la Constitución Política nacional, en específico su capítulo séptimo se refiere a las competencias de la fuerza pública y tiene en cuenta todo lo concerniente a su establecimiento; en este sentido, cabe mencionar en un primer momento el artículo 2017, en el cual se especifican cuáles serán las fuerzas armadas que se encargarán de defender el orden constitucional, el establecimiento, la soberanía y, sobre todo, la integridad del país de cualquier tipo de ataque que pueda acaecer de una nación o de un grupúsculo en particular; en este sentido, el artículo establece:

 

La Nación tendrá para su defensa unas Fuerzas Militares permanentes constituidas por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea. Las Fuerzas Militares tendrán como finalidad primordial la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden constitucional. La Ley determinará el sistema de reemplazos en las Fuerzas Militares, así como los ascensos, derechos y obligaciones de sus miembros y el régimen especial de carrera, prestacional y disciplinario, que les es propio. (Const., 1991, art. 217)

 

Además de lo anterior, en el artículo 219 se especifica el carácter que tendrá la fuerza pública ya enumerada líneas atrás, pues es importante remarcar que se encuentra al servicio del establecimiento de turno y no tiene una competencia deliberante, es decir, la constitución de las fuerzas armadas implica el seguimiento de las órdenes de una autoridad legítima; además de lo anterior, en el mismo artículo se especifican las actividades que se encuentran prohibidas para los miembros de la Institución; teniendo en cuenta esto, el artículo de la Constitución versa lo siguiente:

 

La Fuerza Pública no es deliberante; no podrá reunirse sino por orden de autoridad legítima, ni dirigir peticiones, excepto sobre asuntos que se relacionen con el servicio y la moralidad del respectivo cuerpo y con arreglo a la Ley. Los miembros de la Fuerza Pública no podrán ejercer la función del sufragio mientras permanezcan en servicio activo, ni intervenir en actividades o debates de partidos o movimientos políticos. (Const., 1991, art. 219)

 

Teniendo en cuenta lo anterior, las fuerzas militares son las encargadas de llevar a cabo las labores en contra de las principales amenazas que tiene el Estado social de derecho colombiano, las cuales se materializan en el narcotráfico y el conflicto interno con las guerrillas que se encuentran concentradas en diferentes puntos del país; así, es justamente en razón de sus dinámicas de guerra contra estos enemigos del Estado que se violan los principios ambientales y se explaya un maltrato ambiental que debe ser desdeñado. Respecto a lo anterior, puede hablarse de estrategias que implican la deforestación de los bosques –a raíz de que el grueso del conflicto armado se lleva a cabo en terreno selvático y veredas campesinas–, hasta la erradicación forzada de los cultivos ilícitos por medio de la fumigación con glifosato, con lo cual se afecta tanto el desarrollo de la flora como la salud de las personas que se encuentran asentadas en estos lugares.

 

En consecuencia, respecto al primer aspecto que se menciona líneas atrás sobre la deforestación de los bosques, vale la pena considerar información importante: “En Colombia hasta 1990, el bosque cubría el 56,5% del territorio nacional continental y en el 2010 el 51,4%” (Hochschild, 2014), de tal manera que casi el 5% de nuestros bosques han desaparecido en menos de dos décadas” (Lastra, 2015, p. 64). Es claro que gran parte de ese porcentaje de disminución puede deberse o tener relación directa con el desarrollo del conflicto, de las estrategias militares que se llevan a cabo, sobre esto cabe mencionar:

 

Al menos el 40% de los conflictos internos registrados en los últimos 60 años han tenido relación con la explotación de los recursos naturales, tanto por su “gran valor”, como la madera, los diamantes, el oro, los minerales o el petróleo, como por su escasez, como la tierra fértil y el agua. El riesgo de recaída de este tipo de conflicto por los recursos naturales se duplica con respeto a otros casos. (Naciones Unidas, s.f., p. 2)

 

Con lo anterior, puede concluirse la caracterización de la responsabilidad del Estado a través de las fuerzas militares que utiliza para controlar el avance de los agentes que buscan agredirlo, entrando así en una contradicción fundamental entre los objetivos militares y las intenciones reflejadas desde lo jurídico en cuanto a la protección del medio ambiente y las estrategias que se establecen para este objetivo. Resulta importante potenciar una consciencia ambiental que supedite el desarrollo de las estrategias militares sin que ello conlleve una reducción de la ofensiva que se establece, es decir, se habla de reenfocar la forma en la que se ha sobre llevado el conflicto, en tanto es claro que está llevando al país cerca de una crisis ambiental a raíz de los muchos años en los que se ha usado las zonas de importancia biótica para desarrollar las dinámicas de guerra.

 

Movimientos insurgentes

 

Al usar el concepto de movimientos insurgentes se pretende enmarcar la generalidad de actores que representan el objetivo militar del Estado colombiano, lo cual implica sobrepasar la delimitación específica de acciones en tanto todos afectan de igual forma el bienestar del medio ambiente en la persecución de sus intereses políticos y, sobre todo, económicos, tal y como se describirá a continuación. En este sentido, es importante realizar una mención de las acciones realizadas por estos movimientos que redundan de alguna forma en el daño ambiental ya mencionado, además de sus mecanismos de financiación, pues es gracias a la explotación de recursos ambientales que puede mantenerse un conflicto armado como el desarrollado en Colombia a lo largo de los más de 50 años.

 

Respecto a lo anterior, solo como ejemplo de la importancia que han tenido los recursos ambientales en el desarrollo del conflicto bélico, puede mencionarse que las FARC-Ep lograban obtener –en su momento de guerrilla, es decir, antes del proceso de paz que se finalizó en el 2016– un estimado de 500 millones de dólares anuales a raíz de su participación en negocios del narcotráfico internacional, además de la explotación de recursos con base en la minería ilegal, por lo que el oro era uno de los principales productos con los cuales comercializaban para el sostenimiento de sus filas y el armamento necesario (Vargas, 2012).

Por otro lado, es importante tener en cuenta también la incidencia que tiene la mantención de los cultivos de coca y la relación que se establece entre estos, la insurgencia y la población civil, lo cual se convierte en una importante problemática ambiental y abre las puertas a que el Estado intervenga las plantaciones con bombardeos y fumigaciones que afectan el entorno medioambiental de los pobladores; respecto a lo anterior, es clave mencionar lo siguiente:

 

Durante este tiempo, la relación de las FARC con la población civil se destacó, principalmente, por los vínculos e intercambios generados en los territorios en los que se difundieron los cultivos de coca. En algunas zonas del Guaviare, Meta, Caquetá y Putumayo, esta actividad ilícita sirvió al grupo guerrillero como pretexto para imponer el orden frente a la violencia y la acción de los grupos armados del narcotráfico (CNMH, 2014, p. 156)

 

Puede sumarse a lo anterior, en favor siempre del sostenimiento económico de las fuerzas armadas insurgentes, la extracción de minerales que de forma ilegal se realiza; así, es claro que no existe con esta una regulación de ningún tipo que procure salvaguardar los recursos naturales de consecuencias no deseadas, respecto a lo anterior puede mencionarse que: “La explotación ilegal de esmeraldas en regiones como Boyacá y Cundinamarca, y los vínculos históricos de este negocio ilícito con los carteles del narcotráfico y grupos paramilitares, son otra muestra de cómo los recursos naturales han financiado el conflicto armado” (Rodríguez, Rodríguez y Durán, 2017, p. 24). Además de ello, puede hablarse también de la extracción ilegal de oro que redunda en importantes contaminaciones en ríos y animales para el consumo humano, por lo cual se asa la línea de los agentes bióticos y se llega al lugar del daño al ser humano a través de los recursos naturales que usa en su cotidianidad.

 

Finalmente, además de los daños al medio ambiente que se da a lo largo de las actividades de extracción con el fin de comercializar, puede hablarse también del daño que se genera en medio del hostigamiento a empresas privadas o estatales, siendo este el caso de las empresas petroleras que suelen sufrir los ataques de los grupos guerrilleros; sin embargo, puede empeorarse la situación en el momento en que ello deviene en un derramamiento de petróleo en los ríos del país, lo cual resulta en una catástrofe repetida en múltiples ocasiones a lo largo de la historia de la guerra en el país; respecto a lo anterior, es importante puntualizar lo siguiente:

 

En este análisis sobre la presencia del ELN en el departamento de Arauca, la Fundación Ideas para la Paz plantea que los ataques no solo tienen una motivación económica, sino que persiguen intereses en el ámbito sociopolítico, como la obtención de apoyo social y la necesidad de posicionar su agenda política frente a la explotación de hidrocarburos, y en lo militar, para fortalecer su posición frente al gobierno y como instrumento táctico para golpear a la fuerza pública. (Marín y Cajiao, 2015, parr. 2)

 

Es claro entonces que los movimientos insurgentes resultan ser importantes agentes con una gran responsabilidad en el daño de los recursos naturales con los cuales cuenta el país, pues es justamente a este medio al que más daño se ha causado a raíz de sus lógicas de producción de capital para el mantenimiento militar y, como se mencionó anteriormente, en la búsqueda de un hostigamiento importante hacia agentes externos. Además de ello, es claro que las dinámicas económicas de la guerrilla, las cuales dominan las zonas apartadas del país, resulten permeando a los campesinos en cuanto a la forma de devengar capital, siendo esta la causa de la ampliación de los cultivos ilícitos en diferentes lugares del territorio colombiano, los cuales –como se explicó en el apartado anterior– resultan en un importante daño al medio ambiente a la hora de llevar a cabo la erradicación forzada por parte del Estado, al cual no le conviene mantener estos cultivos que potencian el narcotráfico, otro de los principales enemigos del establecimiento y del orden constitucional.

 

Caracterización del daño ambiental

 

Partiendo de los agentes descritos en el punto anterior, a continuación se realiza una somera revisión de los daños ambientales específicos a los cuales se vio enfrentado el país por causa del conflicto armado. De entrada, será importante señalar que múltiples son los factores ambientales que se encontraron afectados a lo largo del conflicto, por lo que la reconstrucción de estos daría pie a una investigación ajena a la que se pretende y, por supuesto, mucho más extensa en razón del vasto trabajo historiográfico que debe llevarse a cabo para tal reconstrucción.

 

Para los fines de la presente investigación bastará con hacer mención a dos de las principales problemáticas ambientales que se han desarrollado en el país como causa del conflicto: la contaminación de ríos por crudo como causa de la voladura de oleoductos y la deforestación.

 

De entrada, respecto a la deforestación, vale la pena mencionar que hasta el 2018 “la cifra oficial de deforestación del país se ubicó en 197.159 hectáreas. Los municipios de San Vicente del Caguán y La Macarena son los más deforestados, concentran cerca del 20 % de la pérdida de bosque de todo el país” (Paz, 2019, parr. 1). Lo anterior puede ponerse en relación con las zonas afectadas por los grupos armados, los cuales se asientan justamente en los municipios de San Vicente del Caguán y La Macarena. La presencia del antiguo grupo armado FARC-Ep llevó a cabo la construcción de múltiples trochas con el fin de desarrollar actividades de orden económico, estas implicaron una importante pérdida de vegetación que debe ser restaurada en el marco del posconflicto.

 

Otra problemática que ha afectado a Colombia a lo largo de los años es la voladura de oleoductos, las cuales en reiteradas ocasiones han resultado en contaminaciones importantes por el derramamiento de crudo, lo cual se ha caracterizado como una de las problemáticas más importantes acaecidas por el conflicto armado, en especial por el grupo guerrillero ELN, quienes se caracterizan por estos atentados en el municipio de Santander. Esta práctica no se ha desarrollado en los últimos años, sino que es una actividad criminal que se desarrolla desde hace más de seis décadas en el país; en este sentido, vale la pena mencionar que:

 

Desde la entrada en operación, hace 33 años, el OCC ha sido volado más de 1.500 veces, situación que ha generado el derrame de aproximadamente 3,7 millones de barriles de petróleo en suelos, quebradas y ríos de los siete departamentos que atraviesa esta estructura (Arauca, Boyacá, Norte de Santander, Cesar, Magdalena, Bolívar y Sucre). (Semana, 2019, párr. 4)

 

Sin embargo, no ha sido este el único oleoducto que se ha dinamitado a lo largo del conflicto armado ya que, según desarrolla la investigación especial de Semana (2019), lo cinco oleoductos con los cuales cuenta Ecopetrol han sufrido al menos 1019 atentados, siendo Norte de Santander uno de los municipios más afectados.

 

El problema principal, más allá del gasto que representa la reparación de los oleoductos y la pérdida del crudo como materia prima, resulta ser la consecuencia de estos, pues la vegetación y los animales que habitan el lugar son los principales afectados por esta práctica.

 

La ruptura de las tuberías produce en la vegetación una reducción en los procesos de transpiración, respiración, fotosíntesis y reproducción, al igual que graves impactos a los animales. A las aves que son alcanzadas por el hidrocarburo, por ejemplo, se les pega el crudo en las alas y no pueden volar. […]. De otro lado, a los mamíferos, el petróleo se les pega en la piel y puede llegar a su sistema circulatorio, a través de las mucosas, lo que les genera daños irreversibles. Sin embargo, estas afecciones también las pueden adquirir al ingerir alimento contaminado. A los peces, el crudo les cubre la piel y las branquias, razón por la cual pueden morir por asfixia. (Semana, 2019, párr. 8)

 

Es significativo el daño ambiental que se presenta en el país por causa de las acciones de los grupos armados, ya que si bien la deforestación es una problemática que se presenta no solo por las acciones de los grupos armados (ya que también el Estado puede responsabilizarse por el corte de múltiples hectáreas), la voladura de oleoductos sí es una práctica que tiene su origen en los grupos guerrilleros con los cuales se enfrenta la Nación. Esta es una actividad que nace con el desarrollo de estos grupos con el fin de presionar al establecimiento desde múltiples perspectivas.

 

El nacimiento del ELN se encuentra permeado por la explosión de las petroleras, ya que a estos se les adjudica el primer atentado de este tipo llevado a cabo en 1965 (Semana, 2019). Estas acciones bélicas vienen acompañadas en múltiples ocasiones por una respectiva justificación ideológica, por lo que los responsables no procuran ocultar sus acciones, sino hacerlas visibles como una estrategia de presión y ataque.

 

Medio ambiente como víctima

 

Teniendo en cuenta la caracterización de los agentes responsables que se llevó a cabo en el apartado anterior, es importante pasar ahora a la posible solución de los grandes problemas que estos han causado el medio ambiente, lo cual conlleva a la aplicación de una lógica biojurídica en la normativa colombiana –que ayude a potenciar el cuidado y la responsabilidad que tienen los ciudadanos con respecto a este–. En este sentido, puede afirmarse que:

 

[se identifica] al medio ambiente como una víctima olvidada de la guerra, pues señalan que en el caso colombiano las consideraciones legales referentes al cuidado del mismo no tienen en cuenta que este es otro mártir del conflicto armado, lo que representa un factor que contribuye al deterioro ambiental. (Martínez y Vergara, 2016, p. 21)

 

Respecto a lo anterior, es importante puntualizar las características del daño que se hace con los accionares de los agentes responsables, pues no es solo la que se construye con base en la obtención de recursos económicos, sino, como se menciona a continuación:

 

Un marco de análisis complementario al tratamiento tradicional de este tipo de seguridad ambiental (relacionada con conflictos) tiene que incluir nuevas figuras de violencias ambientales, como el terrorismo ecológico y las guerras verdes, que son otras manifestaciones de conflictividad (esta vez de alta intensidad) medioambientalmente inducidas. En este caso, la variable central no es la escasez de recursos, sino la utilización con fines políticos y de poder de algunos recursos naturales renovables y no renovables como herramientas y medios para alcanzar el objetivo propuesto. (Lavaux, 2004, p. 20)

 

Sin embargo, como ha podido constatarse a lo largo del texto, son muchas las normas que especifican un cuidado importante el medio ambiente en el país, normas que no llegan a un absoluto cumplimiento ni siquiera por parte de los agentes del Estado que las propusieron para posteriormente ser implementadas; así, es por ello que se ha llegado a hablar de una letra muerta en la normativa colombiana respecto al medio ambiente, en razón de lo cual se menciona que:

 

Si observamos el gran número de leyes, decretos, artículos que ha expedido el Estado colombiano para proteger el medio ambiente, creeríamos que realmente nuestra República es un país “verde”. La producción más importante: el Código Nacional de Recursos Naturales y Renovables y de Protección al Medio Ambiente (Ley 2811 de 1974). Pero ¿cuántos de sus artículos se aplican realmente? No podemos negar que las entidades no hacen un esfuerzo por materializarlo, pues ya mencionaba anteriormente unos ejemplos de lo que los organismos de protección medioambientales han intentado hacer. (Giraldo, 2015, p. 36)

 

Es así que resulta importante potenciar las acciones legales que tienen relación con el medio ambiente, pues el hecho de que la normativa no se esté cumpliendo a cabalidad implica un verdadero abandono del Estado hacia un tema tan trascendental como es el uso de los recursos renovables, además de dejar impune el daño a la naturaleza que están cometiendo tanto los movimientos insurgentes como las fuerzas militares en representación del Estado. Es importante también, como ya se ha insinuado a lo largo del texto, reforzar el derecho de las individualidades al medio ambiente, además de pasar a considerar este un sujeto de derechos propiamente dicho, es decir, no como un agente complementario del marco de derechos de las gentes, sino enmarcado en una normativa donde se fundamenten sus derechos, lo cual implicaría el reconocimiento del medio ambiente como un sujeto víctima del conflicto armado colombiano.

 

Esta última aseveración resulta importante en razón de que debe incluirse en el marco de las estrategias de reparación, las cuales se fundamentan en el Acuerdo Final para la Paz firmado con las FARC-EP, además de tener que ocupar un lugar primordial en el futuro si llegase a buscarse una salida negociada con los demás agentes armados que circundan el país como el ELN y los paramilitares.

 


 

 

Conclusiones

 

Como pudo verse a lo largo del documento, uno de los motivos principales por los cuales el conflicto armado ha afectado de manera profunda al país es su relación con el medio ambiente, ya que es a partir de ahí que se fundamenta su perpetuación en tanto, como se explicó, brinda los recursos para explotar y solventar el gasto militar por parte de la insurgencia, ya sea lo anterior desde la minería ilegal o desde la mantención de cultivos ilícitos. Además de esto, vale la pena remarcar la responsabilidad tanto del Estado como de las fuerzas militares, pues en su búsqueda por erradicar los grupúsculos guerrilleros han incurrido en atentados que van en contra de su propio territorio y sus conciudadanos, afectando en igual medida que los demás agentes mencionados.

 

Con base en lo anterior es que es posible hablar de un fundamento jurídico que le brinde protección exhaustiva al medio ambiente, el cual no permita que sus derechos –en tanto debe ser reconocido como sujeto de derechos– sean violentados por ninguno de los agentes que tradicionalmente lo han atacado; además de ello, el reconocimiento de los sistemas bióticos como víctimas del conflicto armado también resulta ser de vital importancia para el surgimiento de estrategias de reparación a las víctimas enmarcadas en el Acuerdo de Paz de La Habana, pues es la única estrategia plausible que puede solucionar el desgaste en los bosques que se ha potenciado a raíz de la guerra, sumando también el gasto de los recursos naturales que se hace para mantener la industria.

 

Es importante que el medio ambiente tenga una reparación integral por parte de los agentes que ocasionaron su daño, ya que en el marco de los Derechos Humanos de Tercera Generación el medio ambiente funge como un entorno vital para el desarrollo del ser humano. Las comunidades requieren un medio ambiente saludable para poder desenvolverse normalmente en su cotidianidad, por lo que estas acciones son también en contra de las comunidades que en estos territorios afectados se desarrollan.

 

Sin embargo, más allá de una visión antropocéntrica del daño presentado en medio del conflicto armado, es importante ver que el medio ambiente ha de tenerse por un sujeto de derechos propio, lo cual implica que tales acciones de reparación no deben entenderse solo en relación a las víctimas, sino que el territorio en sí mismo las requiere para su propio sostenimiento. Con lo anterior se busca desarrollar proyectos que sean ambientalmente amigables, esto es, que propendan por un desarrollo sostenible, ya que esta será la única manera de alcanzar una verdadera paz con justicia social y ambiental en el país, ahora en el marco de los Acuerdos de Paz del 2016 y el posconflicto que se construye.

 


 

 

Referencias

 

Centro Nacional de Memoria Histórica [CNMH]. (2014). Guerrilla y población civil. Trayectoria de las Farc 1949-2013. Bogotá D. C., Colombia: Centro Nacional de Memoria Histórica.

 

Corte Constitucional de Colombia. (6 de septiembre de 2010). Sentencia C-703/10. [MP. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo]. Recuperado de http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2010/C-703-10.htm.

 

De Cózar, J. (2005). Principio de precaución y medio ambiente. Revista Española de Salud Pública, 79(2).

 

De Siqueira, J. (2001). Principio de responsabilidad de Hans Jonas. Acta Bioethica, 7(2), 274-285.

 

Giraldo, A. (2015). El impacto ambiental como consecuencia del conflicto armado colombiano. Dissêrtum. La expresión de lo justo, 10, 30-44.

 

Lastra, R. (2015). Degradación medioambiental como consecuencia del conflicto armado en Colombia. Legem, 3 (1), 59-70.

 

Lavaux, S. (2004). Degradación ambiental y conflictos armados: las conexiones. Recuperado de http://www.urosario.edu.co/cpg-ri/Investigacion-CEPI/documentos/papers/Documento_7/.

 

Ley 99 de 1993. (22 de diciembre), Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones.    Diario Oficial No. 41146. Recuperado de http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0099_1993.html.

 

Majín, H. F. (2019). Responsabilidad del agente moral en el uso de la tecnología y los eventuales pronunciamientos jurisprudenciales en Colombia frente al daño ambiental. Trilogía Ciencia Tecnología Sociedad, 11(20), 153-176.

 

Marín, I. y Cajiao, A. (2015). El ELN y la industria petrolera: ataques a la infraestructura en Arauca. Fundación Ideas para la Paz. Recuperado de http://www.ideaspaz.org/publications/posts/1144.

 

Martínez, J. y Vergara, C. (2016). Conflicto armado, posconflicto con las Farc-Ep y medio ambiente en Colombia. una mirada coyuntural del departamento de Putumayo. Revista de la Facultad de Ciencias Económicas: Investigación y reflexión, 1, 19-30.

 

 

Muzur, A. & Sass, H. (Eds.). (2012). Fritz Jahr and the foundations of global bioethics: the future of integrative bioethics. Münster: LIT Verlag.

 

Naciones Unidas. (Sin Fecha). Día para la Prevención de la Explotación del Medio Ambiente en la Guerra y los Conflictos Armados, 6 de noviembre. Recuperado de http://www.un.org/es/events/environmentconflictday/index.shtml.

 

Organización de las Naciones Unidas [ONU]. (1992). Declaración de Rio sobre el medio ambiente y el desarrollo. Recuperado de http://www.un.org/spanish/esa/sustdev/agenda21/riodeclaration.htm.

 

Paz, A. (2019). Colombia: el 70% de la deforestación de 2018 ocurrió en la Amazonía. Recuperado de https://es.mongabay.com/2019/07/deforestacion-colombia-2018-amazonia/.

 

Potter, V. (1971). Bioethics: bridge to the future. Nueva Jersey: Prentice Hall.

 

Rey, D. M. y Tapias-Millan, M. A. (2018). Metodologías estéticas para la construcción de paz. En D. M. Rey. y M. A. Tapias-Millán. (Eds), Intersecciones: perfectivas política y estéticas para la construcción de paz (pp. 24-68).  Bogotá, Colombia.

 

Rey, D. M. (2019). Bioética y bioeconomía: disciplinas para supervivencia el mundo planetario. Trilogía Ciencia Tecnología Sociedad, 11 (20).

 

Riechmann, J. (2005). Un mundo vulnerable. Ensayos sobre ecología, ética y tecnociencia. Madrid, España: Catarata.

 

Rodríguez, C., Rodríguez, D. y Durán, H. (2017). La paz ambiental. Retos y propuestas para el posacuerdo. Recuperado de https://www.dejusticia.org/wp-content/uploads/2017/04/fi_name_recurso_924.pdf

 

Rodríguez, I. (2015). Tendencias y perspectivas de la bioética ambiental: un análisis documental. Revista Colombiana de Bioética, 10(2), 142-156.

 

Unesco. (2005). Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos. Recuperado de http://portal.unesco.org/es/ev.php-URL_ID=31058&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html

 

Voladuras: una cruda arma de guerra. (2019). Semana. Recuperado de http://especiales.sostenibilidad.semana.com/voladuras-de-oleoductos-en-colombia/index.html.

 

Vargas, J. (2012). Costos del conflicto y consideraciones económicas para la construcción de paz. En A. Rettberg. (Comp.). Construcción de paz en Colombia (pp. 239-272). Bogotá D. C., Colombia: Universidad de los Andes.

 


 

 

* Este artículo de reflexión es resultado del proyecto de investigación de tesis doctoral Caracterización de la responsabilidad del agente moral en el daño ambiental y la configuración del ambiente como víctima del conflicto armado colombiano en Vista Hermosa, Meta, en el periodo 2002-2010.

** Universidad Militar Nueva Granada. Bogotá-Colombia. E-mail: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.. ORCID: 0002-8743-0358 Google Scholar: https://scholar.google.com/citations?user=t47gLjgAAAAJ&hl=es

 

1 El agente moral es un concepto subjetivo, derivado de la obra de Hans Jonas, conocida como La integridad del pensamiento, en la cual se describe a un agente moral como a un sujeto público de responsabilidades, el cual debe cumplir a cabalidad con la ética social establecida a través de lineamientos éticos y morales, todos estos sujetos a la realidad per se de los designios antropocéntricos (Majín, 2019,p157 ).

2 Vale la pena aclarar que a lo largo del texto se hará referencia a los agentes bióticos como una forma de referirse a los recursos naturales y todo lo relacionado con esta, mas no en relación con lo que se pretende desarrollar desde la caracterización de loa agentes morales.

3 En este punto podría hablarse de una potenciación de los accionares violentos hacia el medio y los otros, pues este ha venido desarrollándose desde que el ser humano basa su existencia en la explotación constante de otros seres y el medio que lo circunda.

 


 

 

Para citar este artículo: Majin, H. F. (2020). Responsabilidad del agente moral en el daño ambiental: ambiente como víctima del conflicto armado. Revista Luna Azul, 50, 197-214. Doi: 10.17151/luaz.2020.50.10

 


 

 

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